El Secreto Profesional implica la obligación que tiene el o la profesional de la salud de proteger la información de las y los pacientes, no divulgarla sin su autorización (de las y los pacientes) y asegurarse de que cuando se consienta su difusión (es la paciente quien tiene que autorizar su difusión) sea manera libre, sin coerción y sobre la base de información clara, veraz y oportuna.