A partir del 28 de noviembre, las sobrevivientes de violación accederan a la interrupción voluntaria del embarazo sin presentar requisitos que obstaculicen este derecho en Ecuador.
Surkuna, Magma, Seremos las Últimas y la Alianza por los Derechos Humanos junto al apoyo de diversas abogadas feministas, presentamos una demanda de inconstitucionalidad a los requisitos establecidos en la Ley de Acceso al #AbortoPorViolación.
Esta demanda se solicitó como medida cautelar para dejar sin efecto el Art.19 por vulnerar los derechos de las sobrevivientes de violación.
El Tribunal de la Sala de Admisión de la Corte Constitucional del Ecuador conformado por las juezas constitucionales Karla Andrade Quevedo y Alejandra Cárdenas Reyes, y el juez constitucional Richard Ortiz Ortiz concedió las medidas cautelares propuestas hasta que la presente causa sea resuelta.
Esto quiere decir que, desde el 28 de noviembre de 2022 ninguna sobreviviente de violación deberá presentar una denuncia, una declaración jurada o un examen médico legal para acceder a este derecho.
Durante los 7 meses de vigencia de la Ley de Aborto por Violación en Ecuador, desde Surkuna hemos acompañado a sobrevivientes en su acceso al aborto legal por la causal violación y en la mayoría de los casos que no pudieron acceder a este derecho, fue porque no lograron cumplir con los requisitos establecidos.
Esta es una gran noticia porque exigir una denuncia, una declaración juramentada o una examen médico juramentado para acceder a un #AbortoPorViolación pone la carga de la detección de la violencia sexual en las víctimas, las expone a riesgos e irrespeta sus tiempos.
Esta es una decisión importante pues ratifica que el único requisito fundamental para probar la existencia de violencia sexual es el testimonio de las víctimas.